Regulación de los frutos
En el derecho civil, los frutos son los beneficios o rendimientos que produce un bien sin que este pierda su esencia.
La ley distingue tres tipos principales de frutos:
Frutos naturales
Son aquellos que produce la naturaleza de manera espontánea, como por ejemplo:
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cosechas
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productos agrícolas
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cría de animales
Frutos industriales
Son los que se obtienen mediante el trabajo humano aplicado al bien.
Por ejemplo:
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cultivos producidos mediante actividad agrícola organizada.
Frutos civiles
Son los rendimientos económicos que produce un bien, como:
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alquileres
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intereses
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rentas
En el caso del derecho de uso, el titular solo puede aprovechar los frutos necesarios para su subsistencia y la de su familia, lo que limita su explotación económica.
Esto evita que el usuario utilice el bien con fines lucrativos excesivos.
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